Primero: Objeto
Por el presente contrato, tras la notificación de alta o giro de la primera mensualidad, el Asociado se adhiere a la ASOCIACIÓN CANALES DE VENTA, ACVE,
otorgándole esta acceso a los servicios, actividades y ventajas previstas para su modalidad de adhesión, de conformidad con los Estatutos,
el Código Ético y demás normas internas vigentes y actualizadas, publicadas en el portal web de ACVE.
Segundo: Derechos de los Asociados
Son derechos y obligaciones de los asociados los siguientes:
- Disfrutar de los servicios, recursos y programas ofrecidos por la Asociación conforme a su modalidad de adhesión y de los derechos reconocidos y vigentes en los Estatutos de la Asociación;
- Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación para el cumplimiento de sus fines;
- Participar en las asambleas con voz y voto;
- Ser electores y elegibles para ser miembros de la Junta Directiva;
- Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación;
- Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la asociación;
- Participar en cursos formativos y otros eventos que pueda organizar la Asociación, si bien, en el caso de que dichos cursos o eventos no fueran efectuados por la Asociación de forma gratuita, vendrían obligados a abonar la cuota o precio de inscripción que a tal efecto estableciere la Junta Directiva.
Tercero: Obligaciones de los Asociados
Son obligaciones de los Asociados las siguientes:
- Cumplir los Estatutos de la Asociación y los acuerdos válidos de la Asamblea General y de la Junta Directiva;
- Abonar las cuotas que se fijen;
- Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen;
- Cumplir reglamentos, acuerdos adoptados por los órganos de gobierno y las Buenas Prácticas recogidas en el Código Ético;
- Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen;
- Mantener actualizados sus datos de contacto y notificar cualquier variación relevante;
- Conservar la confidencialidad de la información facilitada para uso exclusivo del Asociado y no cederla a terceros sin autorización escrita de la Asociación.
Cuarto: Derechos y obligaciones de los Asociados de Honor
Los Asociados de Honor, contarán con las mismas obligaciones y derechos que el resto de los Asociados, no obstante:
- No tendrán obligación, conforme a la naturaleza de su modalidad de adhesión reconocida en los Estatutos, de abonar las cuotas que se fijen, ni de asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen;
- No serán electores ni elegibles para ser miembros de la Junta Directiva, ni participar en Asambleas con voz y voto.
Quinto: Cuotas y forma de pago
El Asociado abonará la cuota indicada en las Condiciones Particulares, que podrá ser actualizada anualmente por acuerdo de la Asamblea General, comunicándose con al menos treinta (30) días de antelación.
Sexto: Forma de pago y autorización de domiciliación
Mediante la adhesión a las presentes condiciones generales, el Asociado autoriza, para el caso de haberse optado por dicha modalidad,
al pago de la cuota de Asociado mediante adeudo domiciliado SEPA, para lo cual, el Asociado cumplimentará y signará el formulario conforme a lo dispuesto en el Anexo I.
El Asociado se compromete a abonar en tiempo y forma el precio que corresponde a la cuota de adhesión, reservándose la Asociación las acciones o consecuencias que deriven del incumplimiento.
Séptimo: Duración y renovación
La adhesión provocará la vinculación como Asociado por tiempo indefinido, salvo comunicación de renuncia o solicitud de baja voluntaria solicitada por escrito con un preaviso mínimo de quince (15) días a la Junta Directiva,
o por causar baja conforme a los motivos previstos en los Estatutos de la Asociación y en la cláusula Undécima de las presentes condiciones generales.
Octavo: Aceptación del Código Ético y Buenas Prácticas
El Asociado declara haber leído, comprendido y aceptado íntegramente el Código Ético y su cláusula de Buenas Prácticas, que figura vigente y publicado en el portal web de la Asociación,
comprometiéndose a observar todo ello y a promover su cumplimiento dentro y fuera de la organización, sirviendo dichas normas como base para cualquier proceso interno.
Noveno: Protección de datos
Los datos personales serán tratados por la Asociación en calidad de Responsable, con la finalidad de gestionar la relación asociativa y la prestación de servicios,
de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018.
El Asociado podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
limitación y/o portabilidad mediante comunicación escrita dirigida a la Asociación.
El Asociado, mediante su adhesión a las presentes condiciones generales, declara haber leído y entendido la política de privacidad, publicada en el portal web de ACVE.
Décimo: Modificación de condiciones
La Asociación podrá modificar el presente contrato y las condiciones de prestación de servicios previa notificación publicada en su web y remitida al Asociado con al menos treinta (30) días de antelación.
La continuación en la condición de Asociado tras dicho plazo implicará aceptación tácita de las modificaciones.
Undécimo: Resolución y baja
El Asociado causará baja por:
- Renuncia o solicitud de baja voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva;
- Por incumplimiento de las obligaciones económicas que conlleva ser miembro de la Asociación.
Se entenderá que existe incumplimiento si se dejan sin abonar dos (2) cuotas (ya sean ordinarias, extraordinarias o ambas) o si el retraso en el pago de una (1) cuota fuera superior a 180 días.
- Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones aquí previstas o del Código Ético.
Duodécimo: Legislación aplicable y fuero
El presente contrato se regirá por la legislación española. Para cuantas cuestiones litigiosas pudieran suscitarse, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales del domicilio social de la Asociación.